¿Hay justicia para las mujeres?

Este 25 de noviembre se conmemora el Día Internacional para la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres y Niñas y aunque muchas son las historias que pueden dar cuenta sobre los avances y retrocesos, en Lalalá News decidimos analizar los Códigos Penales de todo el país y la incidencia de los principales delitos que afectan a las mujeres y niñas.

El objetivo fue reflexionar sobre la justicia a la que están sujetas cuando son víctimas de estos delitos, además de ofrecer un panorama general que permita identificar si las penas dispuestas en verdad están incidiendo en erradicar estos delitos o si aún se requiere modificar el marco jurídico como una forma de incidir en un cambio cultural sobre las violencias que afectan a mujeres y niñas.

Para este estudio se consideraron las últimas reformas a los Códigos Penales de las 32 entidades, donde ya se incluye la tipificación del delito de feminicidio, además del último informe sobre la incidencia delictiva en delitos del fuero común que elabora el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, con cifras actualizadas al 31 de octubre de 2020.

Entre los resultados generales, se observa que en Zacatecas aún existe un enorme rezago respecto a la despenalización del aborto, pero también respecto a las penas privativas de la libertad para los agresores, como en el caso del feminicidio, la violación o la violencia familiar, pues se encuentra por debajo del rango promedio en el país.

A reserva de estos resultados, aún faltaría conocer la parte del Poder Judicial en todos los estados respecto a cuántas de estas denuncias derivan en una sentencia condenatoria, pues en esa medida se estará cumpliendo la demanda de las mujeres y niñas sobre el acceso a la justicia y garantías para su protección.

FEMINICIDIO:

Este delito ya ha sido tipificado en todas las entidades, aunque las sanciones varían entre los 20 y los 80 años de prisión, e incluso la prisión vitalicia en un solo estado. En algunos casos se establecen sanciones económicas y de reparación del daño a las familias de las víctimas.

La pena más baja, de 20 a 50 años de prisión, se encuentra en los estados de Coahuila, Ciudad de México, Michoacán, Querétaro, San Luis Potosí y Zacatecas. En tanto, la pena más frecuente va de los 40 a los 60 años de prisión en los estados de Aguascalientes, Campeche, Durango, Guerrero, Nayarit, Oaxaca y Puebla.

La pena más alta está en Baja California Sur, donde se podría alcanzar hasta 80 años de prisión, mientras que el Estado de México prevé entre sus penas la prisión vitalicia en casos muy graves.

Sin embargo, la alta penalidad no necesariamente se ha traducido en reducir la incidencia de este delito. Por ejemplo, el Estado de México, donde se tiene una de las penas más altas (de 40 a 70 años e incluso prisión vitalicia en casos graves), se encuentra a la cabeza con mayor número de feminicidios, con 119 en lo que va de este año, seguido por Veracruz, donde se han registrado hasta 71 feminicidios, a pesar de tener el mismo rango de penalidad.

En cambio, los estados donde hay menor incidencia de este delito son Aguascalientes, con 2 casos y un rango de penalidad entre 40 y 60 años de prisión; Baja California Sur, con dos casos; y Campeche, con 3 casos y un rango de penalidad similar.

De enero a octubre, en Zacatecas se registraron 8 casos de feminicidio, delito para el cual se establece una pena de 20 a 50 años de prisión, así como 200 a 365 cuotas de salario mínimo como sanción económica.

ABORTO:

Es quizás el delito que genera mayor desigualdad en la impartición de justicia hacia las mujeres. Aunque en varios estados se ha despenalizado el aborto bajo cualquier circunstancia, hay otras entidades donde todavía consideran la prisión entre sus penas y estas se pueden agravar bajo ciertas condiciones que parecen decimonónicas.

En los estados de Chiapas, Guanajuato, Michoacán y Veracruz no hay pena de cárcel a las mujeres que abortan de forma voluntaria y aunque sí tienen registro de algunas denuncias por abortos, las sanciones pueden implicar trabajo comunitario como en Michoacán, aunque generalmente se “castiga” brindando a la mujer tratamiento psicológico, médico y educativo para su rehabilitación, como en el caso de Veracruz, donde se especifica que la mujer llevará este proceso “en libertad”.

Hay estados como Morelos o Tamaulipas donde se contempla una pena de 1 a 5 años de prisión; sin embargo, también se establece que esta pena puede ser sustituida por tratamiento médico o psicológico a petición de la mujer.

En cambio, hay estados como Oaxaca, Puebla, Tamaulipas o Zacatecas donde además de establecer penas de 4 meses a 5 años de prisión (como en Tamaulipas), estas se pueden agravar si se incumple con alguna de tres disposiciones: “que la mujer no tenga mala fama; que haya ocultado su embarazo; que el embarazo sea fruto de una unión ilegítima”.

Incluso en el Estado de México, que de enero a octubre de este año acumula 125 denuncias por aborto (el mayor número en el país), se considera una pena de 1 a 3 años de prisión y esta pena se puede agravar si la mujer no comprueba que el embarazo fue producto de la “deshonra”. Mientras que en el estado de Coahuila se castiga con 3 días a 6 meses de prisión en el caso de quienes abortan producto de una violación.

Una situación diferente se vive en los estados de Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tlaxcala, Veracruz y Yucatán, donde se tienen penas desde los 6 meses hasta los 6 años de prisión en caso de aborto, pero no aplica esta pena cuando el embarazo fue producto de una violación.

De enero a octubre de este año, el Estado de México va a la cabeza con el mayor número de denuncias por aborto, seguido por Nuevo León (87); Ciudad de México (71); Baja California (33); y Querétaro (22). En cambio, los estados de Campeche, Tlaxcala y Yucatán no han registrado un solo caso de aborto en lo que va del año.

En lo que va del 2020, en Zacatecas se ha registrado 1 sola denuncia por aborto, delito para el cual se establece de 4 meses a 1 año de prisión.

HOSTIGAMIENTO SEXUAL:

Hay delitos en los que aún no existe homologación de criterios ni tipificación de ciertos delitos en particular, como en el caso del acoso sexual o el hostigamiento sexual, aunque la mayoría de los Códigos Penales contempla entre su catálogo de delitos el hostigamiento sexual, excepto en la Ciudad de México.

En este delito, las penas pueden ir desde los 2 meses de prisión, como en Baja California Sur, hasta los 7 años como en Coahuila. Además se contemplan sanciones económicas que varían entre el trabajo comunitario hasta una cuota de 600 días de salario mínimo, como en Colima.

Respecto a la incidencia en lo que va del año, Veracruz va a la cabeza, con 234 denuncias; seguido por Tabasco con 190 y Baja California con 183. En cambio, los estados de Campeche, Nayarit, Querétaro y Yucatán no han registrado una sola denuncia por este delito en lo que va del 2020.

En el mismo lapso, Zacatecas lleva 18 denuncias por hostigamiento sexual, delito para el cual se establece una pena de 1 a 4 años de prisión y una sanción económica de 100 a 600 veces la Unidad de Medida de Actualización (UMA).

VIOLACIÓN:

Al igual que en el caso del hostigamiento sexual, hay códigos penales que diferencian entre abuso sexual y violación, aunque en la mayoría de los estados se contempla el segundo en su catálogo de delitos.

Las penas pueden ir desde los 2 años de prisión, como en Baja California Sur, hasta los 25 años como en Campeche, Morelos y Quintana Roo. La pena más dura por este delito la tiene Morelos en su Código Penal, con 20 a 25 años de prisión.

Respecto a las sanciones económicas, hay algunos estados que no las contemplan como Coahuila, Chiapas, Chihuahua, Ciudad de México, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nuevo León, Querétaro, Sinaloa, Sonora, Tabasco y Tamaulipas.

En los estados donde sí se contempla esta sanción, la más baja corresponde a Zacatecas con 20 cuotas de salario mínimo, y la más alta se encuentra en Yucatán, con 3 mil cuotas de salario mínimo.

Sobre este delito también hay algunas particularidades. Por ejemplo, en Nuevo León se considera la pena general cuando la víctima tiene a partir de 13 años de edad, mientras que en la mayoría de los estados se considera a partir de los 14 años. En todos los casos las penas se pueden agravar cuando se trata de menores de este rango de edades.

En cambio, en Tamaulipas se establece que el delito de violación en una relación conyugal o de concubinato se perseguirá únicamente a petición de la víctima, al igual que en el caso de la violencia familiar.

En lo que va del año, el Estado de México acumula el mayor número de denuncias por este delito, con 1 mil 582; seguido por la Ciudad de México (1 mil 262) y Nuevo León (943). Los estados con menor incidencia han sido Tlaxcala y Yucatán, con 29 casos cada uno.

De enero a octubre de este año, en Zacatecas se han registrado 210 denuncias por violación, delito para el cual se establece una pena de 7 a 15 años de prisión y una sanción de 20 a 100 cuotas de salario mínimo.

VIOLENCIA FAMILIAR:

Es quizás el delito más recurrente en todo el país, donde mujeres y niñas son las principales víctimas.

La pena más frecuente y menos severa en los códigos penales de los estados es de 6 meses a 4 años de prisión, como en Baja California, Baja California Sur, Jalisco, Sinaloa, Tamaulipas y Tlaxcala. El estado con la pena más alta es Puebla, con una pena de 2 a 8 años de prisión; seguido por Nayarit (de 1 a 8 años), Nuevo León y Estado de México (de 3 a 7 años).

En lo que va del año, la Ciudad de México se encuentra a la cabeza con mayor número de denuncias por violencia familiar, con 22 mil 746; seguido por Nuevo León con 15 mil 170 y el Estado de México con 13 mil 875. En cambio, Tlaxcala es el estado con el menor número de denuncias, con solo 11 en lo que va del año. De enero a octubre de este año, en Zacatecas se han registrado 2 mil 787 casos de violencia familiar, delito por el cual se establece una pena de 6 meses a 6 años de prisión y una sanción económica de 5 a 50 cuotas de salario mínimo.