Este martes no solo hubo una intensa sesión de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) por haber resuelto el retiro de las candidaturas a Félix Salgado Macedonio y Raúl Morón, quienes irían por la gubernatura representando a MORENA en Guerrero y Michoacán, respectivamente.
Al final de la misma sesión, en aprobación en paquete y al vapor, los magistrados desecharon el juicio de protección de derechos político electorales promovido por David Monreal Ávila en contra de la resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) donde se sugiere que incurrió en actos anticipados de campaña, con base en sus informes de fiscalización.
¿Esto qué significa? Que la resolución del Consejo General del INE sigue vigente, esa que desde finales de marzo remitió al Instituto Electoral del Estado de Zacatecas para que hiciera lo conducente.
¿Qué implica? Tanto la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales como la Ley Electoral del Estado de Zacatecas establecen como sanción el retiro de la candidatura en caso de incurrir en actos anticipados de campaña.
Pero desde que el INE dio vista al IEEZ, el órgano electoral local no ha resuelto sobre el asunto y mientras no lo haga, los tribunales electorales no pueden injerir. ¿Aún creeremos en la imparcialidad del IEEZ y Virgilio Rivera?
Y rodaron las cabezas
Finalmente la Sala Superior del TEPJF zanjó el asunto de Félix Salgado Macedonio y Raúl Morón y les retiró sus candidaturas a las gubernaturas de Guerrero y Michoacán por incumplir con la entrega de sus informes de fiscalización.
Y aunque en el caso del segundo aún había argumentos para flexibilizar la sanción debido a que no fue con dolo, con el “Toro” la mayoría de los magistrados se fue a la yugular y enfatizaron en la importancia de la fiscalización como una prueba del combate a la corrupción. No vaya siendo que sus campañas sean patrocinadas con recursos ilícitos.
Ahora ninguno de los dos podrá estar en la contienda y MORENA tendrá que sustituir sus candidaturas a la brevedad, considerando que ya van más de tres semanas de campañas en este proceso electoral. Aunque en el fondo el dirigente nacional Mario Delgado tuvo la culpa, como en otras tantas cosas.
Pero más allá de que a nivel nacional muchos celebraran la noticia, a nivel local también hubo repercusiones por las sentencias del tribunal electoral, pues también retiraron su solicitud de registro a Edgar Rivera Cornejo, quien contendería para la gubernatura por Movimiento Dignidad.
Y como ya no hay otra instancia a la cual recurrir, se sabe que Rivera Cornejo se mantendrá en las filas del partido y apoyará a los demás candidatos para ver qué cachan en la contienda.
La Comisión de Elecciones y sus mentiras
Y siguiendo con la chimba del proceso electoral, resulta que la Comisión Nacional de Elecciones de MORENA por fin cumplimentó la instrucción de los tribunales y dio respuesta fundada y motivada a Luis Medina Lizalde sobre los motivos por los cuales no procedió su registro como aspirante a la candidatura a la gubernatura.
La verdad es que poco a poco se van viendo las barbaridades que ha cometido esta dirigencia de MORENA, empezando por su dirigente nacional y siguiendo con su Comisión Nacional de Elecciones.
Total que en su respuesta, la Comisión señala que en el caso del Oso Medina, se consultaron medios de comunicación y redes sociales, además de referentes políticos en la entidad, y de ahí consideraron calificar su perfil como “no idóneo” para fortalecer la estrategia política de MORENA y resultar vencedores en la contienda.
Como si el “puntero en las encuestas” tuviera muy buena imagen, más cuando estaba la polémica por el Crédito Ganadero a la Palabra y las irregularidades detectadas por la Auditoría de la Federación. Y de entonces a la fecha hay que sumarle cada barbaridad…
Sin embargo, en todo este embrollo, en ningún momento la Comisión alude a las mentadas encuestas que supuestamente habían dado como ganadores a los hoy candidatos (excepto las cabezas que rodaron este martes). Y como ya expuso este medio, la Comisión se contradice cuando afirma que no hubo tales encuestas porque no hubo precampaña, a pesar de toda la evidencia que demuestra lo contrario.
Van por acción de inconstitucionalidad en el INAI
También hubo gran polémica por la reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión con la que se crea el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, pues a juicio de los comisionados del INAI, se vulneran derechos fundamentales como la protección de datos personales.
Por eso el pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) aprobó un acuerdo para instruir al director General de Asuntos Jurídicos interponga una acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en contra del decreto.
Y es que se trata de datos biométricos sensibles que requieren garantías de seguridad y protección, pues son datos irrepetibles e insustituibles, pero con esta disposición se trasgreden los principios de proporcionalidad, seguridad y certeza jurídica, sin olvidar que invade atribuciones que son facultad de otras entidades.
Bien lo señaló el comisionado Adrián Alcalá: la creación de este padrón preocupa porque se pueden poner en riesgo los datos personales que se entreguen a las compañías telefónicas. Son casi 90 millones de personas con este tipo de servicio y sus datos biométricos requieren ese nivel de seguridad y certeza en el manejo de sus datos personales, porque si la base de datos fuera vulnerada, divulgada o vendida, habría una afectación irreparable y no habría forma de proteger los datos que contiene porque no hay modo de cambiar los datos biométricos. Si uno le piensa para entregar copia de la credencial del INE, ¿qué hace pensar que habrá seguridad en la entrega de datos biométricos?