Vacíos en delitos contra las infancias

Este miércoles, en sesión de la Cámara de Diputados, fue aprobado el dictamen por el que se reforma el Código Penal Federal (artículos 260 y 266 Bis) a fin de que el delito de abuso sexual cuente con una descripción más amplia y acorde con estándares internacionales.

La votación ya dice mucho sobre la importancia de esta reforma aprobada por unanimidad de las y los presentes en el Pleno: 431 votos a favor, cero en contra y cero abstenciones. ¿Quiénes fueron los zacatecanos y zacatecanas que respaldaron esta iniciativa? A favor votaron las y los diptuados federales Ricardo Monreal, Soledad Luévano, Ulises Mejía, Julia Olguín, Noemí Luna, Miguel Alonso, Fuensanta Guerrero, Carlos Puente, Ana Luisa del Muro y hasta Magdalena Núñez.

En cambio, los zacatecanos José Narro Céspedes y Alfonso Ramírez Cuéllar fueron parte de los 68 legisladores que se ausentaron durante la votación de un dictamen que contó con el respaldo de todos los grupos parlamentarios, un dictamen que no era cosa menor, mucho menos considerando el antecedente de Zacatecas y un exrector de la Universidad Autónoma de Zacatecas (UAZ) sentenciado por el delito que pretendían reformar en el Código Penal Federal.

En particular, el diputado federal Carlos Puente enfatizó la importancia de este dictamen de las Comisiones Unidas de Justicia y de Igualdad de Género, ya que ampliaba la descripción sobre el delito de abuso sexual con la finalidad de que no haya impunidad contra agresores sexuales. Y señaló que el siguiente paso sería la homologación de esta reforma con el Código Penal para el Estado de Zacatecas. Y ahí es donde la puerca torció el rabo.

Ya a principios de este mes surgió una polémica porque, en sesión de la Comisión Permanente de la 65 Legislatura del pasado 3 de febrero, se dio lectura a la iniciativa remitida por el Ejecutivo estatal con diversas reformas al Código Penal del Estado de Zacatecas, entre las cuales se incluían algunas disposiciones en torno al delito de abuso sexual.

El problema fue que buena parte de las reformas propuestas ya se había aprobado desde junio de 2025 (aunque el decreto correspondiente fue publicado en el Periódico Oficial hasta el 24 de enero de 2026). Y se quedaban cortas frente a este decreto 129.

Al comparar los tres instrumentos en discusión, vemos que el dictamen aprobado en la Cámara de Diputados este miércoles 18 de febrero ciertamente amplía la descripción sobre lo que ha de entenderse por «abuso sexual», con énfasis en las condiciones sobre el no consentimiento de la víctima, además de establecer una pena de 3 a 7 años de prisión; una multa de 200 a 500 veces la UMA, y se obliga a la persona a asistir a talleres reeducativos. Lo más importante: se establece que este delito se perseguirá de oficio.

Por otra parte, en el dictamen correspondiente a la iniciativa de reforma al Código Penal del Estado de Zacatecas presentada por la diputada Isadora Santiváñez, aprobada en junio de 2025, no sólo se amplía la descripción del delito.

También hace particular énfasis cuando se trata de víctimas menores de edad o personas que no tienen la capacidad de comprender el hecho, circunstancias por las que este delito se perseguiría de oficio, mientras para el resto de las víctimas sería «a petición del ofendido». La pena, según la reforma, iría de 6 a 10 años de prisión, así como una multa de 100 a 200 veces la UMA, con agravantes en el caso de víctimas menores de edad.

Por último, la iniciativa remitida por el Ejecutivo estatal apenas el 3 de febrero de 2026, además de quedarse corta frente al decreto ya aprobado por la 65 Legislatura, quizá aporta otros elementos que sí podrían integrarse para fortalecer el Código Penal del Estado de Zacatecas, como algunas descripciones que ampliaran la tipificación del delito, asío como la no prescripción de la acción penal de delitos contra la libertad sexual y el normal desarrollo psicosexual.

En resumen: la homologación a la que hacía referencia el diputado federal Carlos Puente implica que la reforma aprobada en la Cámara de Diputados tiene una menor punibilidad que la reforma aprobada por la 65 Legislatura o que la iniciativa remitida por el Ejecutivo estatal, además de carecer de especificaciones cuando se trata de víctimas menores de edad.

No obstante, la norma local tendría que integrar el principio de no prescripción de este delito, así como establecer que el abuso sexual se perseguirá de oficio en todos los supuestos, y no sólo tratándose de menores de edad o personas que no tienen la capacidad de comprender el hecho.

Asimismo, el Código Penal del Estado de Zacatecas también debería incorporar la obligatoriedad de asistir a talleres reeducativos como parte de la pena a las personas agresoras, como establece el dictamen aprobado este miércoles en la Cámara de Diputados.

Finalmente, haciendo este comparativo sobre las disposiciones federales y locales en torno al delito de abuso sexual, queda claro que gracias a la iniciativa propuesta por la diputada Isadora Santiváñez el estado de Zacatecas lleva mayor avance que la legislación federal, particularmente por la protección a las infancias respecto al delito de abuso sexual, un vacío evidente en el Código Penal Federal y, sin duda, tarea pendiente para esos diputados y diputadas federales que votaron a favor del dictamen aprobado este miércoles en la Cámara Baja.

Y el tema no será cosa menor en la antesala del Mundial 2026, sobre el cual las senadoras Amalia García y Geovanna Bañuelos ya han hecho llamados a diversas instituciones a prevenir no sólo el llamado «turismo sexual», sino los delitos sexuales contra las infancias. ¿Celebramos lo legislado hasta el momento? Sí. Pero quedan esos pendientes que también urgen.