Para impulsar mejoras en la gestión gubernamental, fortaleciendo los mecanismos de transparencia y rendición de cuentas, el pasado 4 de agosto se publicó en el Periódico Oficial los Lineamientos para la Designación de Despachos Externos Encargados de Dictaminar los Estados Financieros de las Entidades que integran la Administración Pública Paraestatal.
Ahora, los despachos externos que sean contratados para dictaminar los estados financieros de las entidades de la administración pública paraestatal tendrán que cumplir otra serie de requisitos y comprobar su elegibilidad al ser publicados en una lista en la plataforma digital http://registrodespachos.zacatecas.gob.mx/
Mientras dicho portal se habilita, la SFP podrá considerar el vigente listado de firmas de auditores externos, conforme a los Lineamientos que estaban vigentes desde el 2012 y que ya fueron abrogados, o bien, invitar a otros profesionistas, siempre y cuando cumplan con lo establecido en el artículo 7 de los nuevos Lineamientos.
Dicho artículo considera entre sus requisitos:
I. Acreditar la certificación profesional o la certificación en la disciplina de contabilidad, auditoría gubernamental, o general vigentes, otorgadas por un colegio o asociación profesional reconocidos por la Secretaría de Educación Pública;
II. Presentar un programa anual de actualización continua en materia de contabilidad y auditoría gubernamental para el personal técnico (gerentes, supervisores, encargados, auditores y ayudantes de auditor), y
III. La cédula del Padrón de Proveedores y Contratistas del Estado de Zacatecas vigente.
Una parte importante de los Lineamientos corresponde al Capítulo V, sobre las Restricciones para Participar en la Dictaminación de Estados Financieros y que se especifican en el artículo 25 del Acuerdo.
Por ejemplo, cuando el despacho externo, los socios o su personal, sean o hayan sido durante el año inmediato anterior a la designación en la Entidad a dictaminar, su controladora o subsidiarias, asociadas o afiliadas: auditor, consejero, asesor, director general o empleado que ocupe un cargo dentro de los dos niveles jerárquicos inferiores este último.
También, cuando el despacho externo, los socios o personal del mismo designado desempeñen un empleo, cargo o comisión en alguna Entidad y sus funciones se relacionen con la revisión de declaraciones o dictámenes de carácter fiscal; determinación de contribuciones; otorgamiento de exenciones, concesiones o permisos, así como con la designación de contadores públicos para la prestación de servicios a Entidades Públicas.
Además, cuando el despacho externo, los socios o su personal, o el cónyuge, concubina, concubinario o dependiente económico de las personas físicas mencionadas mantengan con la Entidad a dictaminar, su controladora, subsidiarias, asociadas o afiliadas, deudas por préstamos o créditos de cualquier naturaleza, salvo que se haya otorgado en condiciones de mercado.
También cuando hayan sido clientes o proveedores importantes de la Entidad a dictaminar, su controladora, subsidiarias, asociadas o afiliadas, durante el año inmediato anterior a aquel en que pretendan prestar el servicio. Se considera que un cliente o proveedor es importante cuando sus ventas o, en su caso, compras a la Entidad a dictaminar, su controladora, subsidiarias, asociadas o afiliadas, representen en su conjunto el 20% o más de sus ventas totales o, en su caso, compras totales.
Asimismo, se incluyen otros supuestos centrados principalmente en posibles conflictos de interés.
Como se recordará, la contratación de despachos externos se regía por los Lineamientos publicados desde el 2012, los cuales habían sido creados desde la entonces Contraloría Interna encabezada por Guillermo Huizar Carranza, en conjunto con el Colegio de Contadores Públicos del Estado de Zacatecas.
Sin embargo, dichos Lineamientos aún tenían deficiencias en las regulaciones y que ahora se buscó fortalecer con nuevos candados que evitaran malas prácticas e incluso posibles actos de corrupción por parte de despachos externos en su dictaminación de estados financieros.
Hasta el momento, los auditores externos elegibles que ya se han inscrito son: Fanny Zulema Campos Sánchez; Santos Rayas Contadores Públicos S.C., representada por Luis Alfonso Santos Rayas; Venegas Loera y Cía. S.C., de Benjamín Venegas Montalvo; Despacho Dávila del Real y Cía. S.C., de Enrique Dávila del Real; Asesores Consultores y Auditores Fiscales S.C., representada por Leticia Sánchez Treto; Acosta Escalante y Cía. S.C., de Ernesto Acosta Escalante; así como Saucedo Venegas y Compañía S.C., de Humberto Saucedo Venegas.