Proponen aumento a impuestos en municipios

Como parte del Paquete Económico para el ejercicio fiscal 2022, el Ejecutivo estatal también envió al Poder Legislativo una iniciativa de Ley de Hacienda Municipal del Estado de Zacatecas con la finalidad de homologar los criterios en el cobro de contribuciones en los 58 municipios.

Sin embargo, dicha propuesta no solo incluye una actualización de conceptos gravables en las Leyes de Ingresos de los municipios, sino que también establece la base de cobro de cada concepto, lo que en varios municipios implica un incremento en el monto final que se cobrará a los contribuyentes.

Lo anterior no solo violaría lo establecido en el Artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Fracción IV: “Los ayuntamientos, en el ámbito de su competencia, propondrán a las legislaturas estatales las cuotas y tarifas aplicables a impuestos, derechos, contribuciones de mejoras y las tablas de valores unitarios de suelo y construcciones que sirvan de base para el cobro de las contribuciones sobre la propiedad inmobiliaria”.

En su propuesta, el Ejecutivo estatal argumenta que la actual Ley de Hacienda Municipal data de 1984 y por ello necesita actualizarse porque “carece de los elementos esenciales de las contribuciones”; no obstante, omite que el 23 de diciembre del 2013 se publicó una nueva Ley de Hacienda Municipal vigente hasta la fecha en la que se establecen los diferentes conceptos gravables, sin interferir en lo que determinen los municipios para establecer la base de cobro de cada concepto.

Particularidades de la propuesta

La iniciativa propuesta recientemente por el Ejecutivo estatal se entendería como el estándar que deberían cumplir los 58 municipios para el cobro de impuestos, derechos, contribuciones de mejoras y aprovechamientos, aunque en todos los casos implica incrementos incluso superiores al 100% respecto a las propuestas de Leyes de Ingresos para el 2022.

En la exposición de motivos, el Ejecutivo estatal argumenta que “uno de los ejes rectores y transversales presentado en el Plan Estatal de Desarrollo 2022-2027, está encaminado hacia la Nueva Gobernanza, la actual administración pública debe ser eficiente y con un amplio sentido social, vislumbrando que: ‘tiene que pagar más el que tenga más’”.

Agrega que “esta condición económica se puede percibir con mayor claridad dentro del sector inmobiliario donde los sectores más desprotegidos deben ser considerados con un trato especial, los servicios que se les otorguen, derivados de los bienes que posean”.

También señala que “son pocos los que han disfrutado de los beneficios otorgados por las pasadas administraciones, al no considerar que las propiedades de alto costo y con una ubicación privilegiada, cuentan con mayor plusvalía, por lo que refiriéndonos al pago del impuesto predial, no es correcto que se cobre una cantidad menor o igual por este tipo de bienes inmuebles”.

Asimismo, respecto al análisis de las leyes de ingresos de los 58 municipios, advierte que “se determinó que existen diferencias en cuanto al cobro de derechos, por lo que se considera homologar las cuotas de los servicios, estableciendo así́ una igualdad de condiciones para todos los contribuyentes, ya que si bien las circunstancias de territorio, población o economía, son distintitas para cada uno, no deben de influir en la prestación de servicios que las administraciones municipales les otorgan”.

Daño al bolsillo de los contribuyentes

En la iniciativa enviada por el Ejecutivo estatal en noviembre pasado, a diferencia de lo establecido en la exposición de motivos, se homologa la base de cobro en diversos impuestos, derechos, contribuciones y aprovechamientos para toda la población por igual en los 58 municipios, sin considerar características como tamaño de la población, extensión territorial, dispersión poblacional, aportación al PIB, mucho menos los criterios para establecer una base de cobro diferenciada tomando como referencia la proporción de población con algún nivel de rezago social.

Por ejemplo, en la base de cobro del impuesto predial se establece que esta corresponderá a una tasa de 0.0008, cuando algunos municipios tienen una base inferior y en otros casos esta se calcula a partir de la zona de residencia: entre mayor plusvalía, mayor la base de cobro.

Entre los impuestos, también se plantea que los 58 municipios tengan como base fija de cobro el 6% sobre los ingresos que se obtengan en loterías, rifas, sorteos y demás similares; 1.5% sobre el valor de los premios en el mismo tipo de sorteos; así como del 10% sobre el ingreso mensual de aparatos mecánicos accionados por monedas, fichas, tarjetas, etc. Sin embargo, en la mayoría de los municipios la base de cobro es menor.

La iniciativa enviada por el Ejecutivo también establece un incremento en la base de cobro de otros conceptos respecto a lo que se establece en las Leyes de Ingresos de los 58 municipios, como el pago de anuncios, los servicios que ofrece el Registro Civil, los servicios de recolección de residuos sólidos, permisos para uso de suelo con fines comerciales, uso del rastro y sacrificio de ganado, licencias para venta de bebidas alcohólicas, así como en las licencias para otros giros comerciales, incrementos que pueden ser hasta de más del 100% en varios casos.

Para dimensionar la magnitud de los incrementos, tómese como ejemplo el cobro por callejoneadas: mientras en la propuesta de Ley de Ingresos del municipio de Guadalupe se plantea un cobro de 11.8357 UMA diaria, en la propuesta del Ejecutivo la cuota es de 21.4935 UMA diaria, ambos con verbena incluida y que implican un incremento de casi el 100 por ciento.

Otro ejemplo son las fiestas en plazas públicas de la comunidad: en la Ley de Ingresos 2022 de Guadalupe se propone un cobro de 8.5000 UMA diaria, mientras en la propuesta del Ejecutivo se plantea de 17.5000 UMA diaria.

En caso de que la iniciativa de Ley de Hacienda Municipal propuesta por el Ejecutivo sea aprobada sin modificaciones por el pleno del Poder Legislativo, los municipios tendrían que hacer las modificaciones a sus Leyes de Ingresos, con los respectivos incrementos establecidos en cada uno de los conceptos, que impactarían en el bolsillo de los contribuyentes por igual.