Por: Heraclio Castillo
Ya estamos en la antesala de octubre, a punto de concluir septiembre, un mes marcado por chorrocientos informes de labores donde con frecuencia se destacó la “alta” calificación en materia de transparencia y aunque a primera vista parecería loable, la intención merma cuando vemos que no se cumple con la honestidad que se pregona.
Me explico. La Ley General de Transparencia y Acceso a la Información establece diversas obligaciones para los sujetos obligados (valga la redundancia), divididas en artículos y fracciones que anteriormente complicaban el acceso a la información, pues uno tenía que memorizar o tener a la mano la dichosa Ley para saber dónde picarle a los portales de transparencia para dar con la información que se buscaba y, con suerte, encontrarla.
Desde el Instituto Zacatecano de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (IZAI) se vio la necesidad de facilitar las herramientas para que la ciudadanía pudiera consultar con mayor facilitar la información de interés público, ceñida en mayor medida a sueldos; contratos; permisos y licencias; gastos en comisiones oficiales, indicadores de resultados, entre otros (y precisamos por aquello de que el magistrado Arturo Nahle nos cuestione la ambigüedad del término “interés público”).
Hará cosa de un par de años que se lanzó la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT), que en mucho facilitó la consulta de información de los sujetos obligados de todo el país y aunque de pronto era muy latoso estar píquele y píquele en cada apartado, al menos se facilitaba la consulta de la información.
Y sin embargo, la dichosa Plataforma aún presentaba deficiencias que trataron de resolverse con un relanzamiento en meses pasados, incluyendo un potente motor de búsqueda similar al de Google para, a partir de palabras clave o cruce de datos, dar con la información solicitada con mayor facilidad. O al menos en teoría.
Resulta que haciendo algunas búsquedas aleatorias, me di cuenta de que aunque los sujetos obligados sí cumplen con la carga de información en la PNT, esta no se encuentra completa, pues mediáticamente han trascendido diversas obras y acciones que no se transparentan en la PNT con sus respectivos contratos, permisos o licitaciones.
Por ejemplo, en el caso del Ayuntamiento de Guadalupe, en el apartado correspondiente a los contratos, permisos y licencias no se encuentra el contrato con la empresa Trash que es la encargada de la recolección de residuos sólidos en el municipio; sin embargo, sí es posible encontrarlo en el apartado de solicitudes de información. ¿Por qué la necesidad de recurrir a una solicitud de información cuando se puede transparentar como una de sus obligaciones?
Lo mismo ocurre con otros sujetos obligados en otros temas. Por ejemplo, varios municipios han difundido proyectos para la rehabilitación del alumbrado público y se presume con bombo y platillo en boletines a diestra y siniestra, aunque en pocos casos los contratos de adquisición de luminarias se encuentran disponibles en la PNT, como en Calera, Fresnillo o Jerez, donde incluso se detalla la información a tal grado que nos permite conocer cuánto costó cada luminaria y comparar si eran más caras o más baratas que si se hubieran adquirido con otras empresas.
La transparencia efectiva también debería responder a la honestidad de los gobiernos para hacer pública esta información, que es de interés público, sin necesidad de recurrir a una solicitud de información cuya respuesta puede llegar hasta dos meses después si es que se presentan medios de impugnación. Ocultarla u omitir su publicación solo abona a mermar la credibilidad en los gobiernos y sospechar de sus índices de transparencia.